Normativa

Novedades en la normativa de charter en Baleares

El alquiler náutico en Baleares se ha ido regulando cada vez más, y los últimos cambios afectan directamente a qué barcos pueden operar legalmente. Si vas a contratar un charter, hay tres o cuatro cosas que conviene que sepas, aunque solo sea para poder preguntar.

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Dalt Vila y el puerto de Ibiza vistos desde el mar

Foto de RoxFuchs · CC BY-SA 4.0

Amarre o punto de embarque autorizado

La novedad más relevante es que cada embarcación dedicada al chárter debe disponer de un punto autorizado de amarre, fondeo o embarque y desembarque para poder operar en Baleares, y acreditarlo documentalmente para cada contrato de alquiler.

En la práctica esto persigue una cosa concreta: acabar con los barcos que operaban sin base real, embarcando clientes desde cualquier playa o pantalán. Para ti significa que el punto de encuentro debe ser un sitio legal y conocido de antemano, no una improvisación por WhatsApp la noche anterior.

Lista sexta y bandera

Las embarcaciones y buques de recreo de bandera española dedicados al alquiler deben estar inscritos en la lista sexta del Registro de Buques y Empresas Navieras. Es el registro específico de embarcaciones destinadas a arrendamiento.

Además, ya no se permite realizar actividad de alquiler náutico con embarcaciones que tengan autorizado un cambio temporal de uso privado a comercial. Dicho de otra forma: el barco es de charter o no lo es, y no puede alternar según convenga.

Titulación y seguro

Para navegar por Baleares hace falta la titulación adecuada al tipo de embarcación y a la distancia de costa. Si alquilas con patrón —como en nuestro caso— eso lo cubre la tripulación, pero si te planteas un alquiler sin patrón, comprueba que tu título cubre realmente la eslora, la potencia y la navegación previstas.

El seguro obligatorio de responsabilidad civil es otro documento que debe estar en regla y a bordo. Cualquier empresa seria te lo enseña sin problema si lo pides.

Qué preguntar antes de reservar

No hace falta ser experto. Con estas cuatro preguntas se ve enseguida con quién estás hablando: dónde está el punto de embarque autorizado, si el barco está en lista sexta, quién es el patrón y qué titulación tiene, y qué cubre exactamente el seguro.

Si alguien se pone nervioso con esas preguntas, ya tienes la respuesta que necesitabas.

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Preguntas frecuentes

¿Puede cualquier barco alquilarse en Baleares?

No. Debe estar dado de alta para actividad de chárter, inscrito en lista sexta si es de bandera española, y contar con un punto autorizado de amarre o embarque acreditado.

¿Necesito titulación para alquilar un barco?

Si alquilas con patrón, no. Si es sin patrón, sí, y debe ser adecuada a la eslora, la potencia y la distancia de costa de la navegación prevista.

¿Cómo sé que un charter es legal?

Pregunta por el punto de embarque autorizado, la inscripción del barco, la titulación del patrón y el seguro. Una empresa en regla responde a las cuatro sin dudar.

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Créditos de las imágenes

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